Regulacion y normativa SMS Premium

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Regulacion SMS PremiumEn los años 2008 y 2009 se han producido muchas novedades en la legislación y en la regulación del sector SMS-MMS Premium. El 13 de febrero de 2008 entró en vigor el nuevo marco legal para la prestación de servicios sobre mensajes cortos de texto y mensajes multimedia, también conocidos como SMS y MMS Premium. En la Orden Ministerial publicada ese día en el BOE (Orden ITC/308/2008) se dictaban las instrucciones sobre la utilización de recursos públicos de numeración para la prestación de este tipo de servicios y se establecían, entre otras, las siguientes premisas:

  • Los números cortos pasan de cuatro a cinco y seis cifras, con rangos de numeración distintos en función del tipo del servicio y coste del mensaje.
  • Conviene no confundir estos números con los números cortos de seis cifras de coste 0,15€ definidos en otro BOE, es decir, no sobretarificados, a los que, por tanto, no se les aplica la regulación que afecta a los servicios SMS Premium.
  • No se podrá exigir el envío de dos o más mensajes para un servicio. El precio máximo por mensaje aumenta a 6 euros.
  • Se podrá identificar claramente al titular del número para poder realizar cualquier reclamación, se enviará uno o más SMS adicionales (gratuitos para el usuario) con información del titular del número, tipo del servicio y precio total del servicio impuestos incluidos.
  • En servicios de suscripción, servicios de adultos y servicios de coste mayor a 1,2 euros, se informará al usuario, entre otras cosas, sobre la naturaleza del servicio y su coste, y éste deberá confirmar el servicio antes de recibirlo y que le sea facturado.

 

Finalmente, el día 27 de Julio de 2009 se publicó en el Boletín Oficial del Estado el nuevo Código de Conducta que regulaba los servicios SMS Premium y MMS Premium. Su texto fue ligeramente modificado en Julio de 2010 quedando redactado de la siguiente forma: código de conducta.

Como consecuencia de dicha publicación y salvo nuevas disposiciones, los servicios SMS-MMS Premium con la numeración actual fueron extinguidos el 27 de Noviembre de 2009, debiendo adaptarse al contenido del nuevo Código de Conducta y a los nuevos rangos de numeración. De este modo, se acabó con la incertidumbre en la planificación de las campañas de marketing móvil que estaba afectando al sector, ya que se desconocían los plazos en los que se iba a poder usar la vieja numeración.

Las principales aspectos que regula el código de conducta son:

  • Publicidad: obligatoriedad de mostrar de forma legible el precio impuestos incluidos y el tipo de servicio en la publicidad que se haga del mismo.
  • Identificación del prestador: la identidad de la empresa que presta el servicio y los datos de contacto (nombre, dirección postal, número de atención al cliente y dirección electrónica) para dirigirse a la misma.
  • Menores: limitación de los medios en que se puede publicitar el servicio así como del horario de funcionamiento de los servicios dirigidos a menores de edad.
  • Ampliación de las tarifas y limitación a un único SMS: el precio máximo de un mensaje SMS Premium será de 6€ impuestos no incluídos, pero se deberá prestar el servicio al recibir un único mensaje.
  • Concursos: obligación de depositar las bases ante notario y de publicitar el servicio incluyendo siempre el coste impuestos incluidos del mismo, estableciendo un periodo de validez para participar y no sobretarificando el mensaje cuando se recibe fuera de dicho periodo.
  • Radio y televisión: deben contar con un página web, enlazada desde su página principal, en la que se refieran todos los servicios que presten a través de SMS Premium, figurando las bases que los regulan y permitiendo su descarga. Cuando emitan un contenido audiovisiual en diferido incluyendo un servicio SMS Premium que ya no esté activo, deben hacerlo constar para evitar la confusión del usuario.

Consulte el texto íntegro del código de conducta.

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